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Tras sufrir un accidente de tráfico, es habitual que las personas lesionadas requieran tratamiento médico y rehabilitación para recuperarse de sus lesiones. Sin embargo, no son pocos los casos en los que la aseguradora o mutua del conductor responsable decide interrumpir el tratamiento, alegando que ya no es necesario o que las lesiones han sanado. Ante esta situación, muchas personas se preguntan: ¿Tengo derecho a seguir con la rehabilitación aunque la mutua diga que no?
La respuesta es sí. Y en este artículo te explicamos por qué, qué base legal te protege, y cómo actuar para reclamar tu derecho.
El artículo 1 del Real Decreto Legislativo 8/2004, de 29 de octubre, que regula la Ley sobre responsabilidad civil y seguro en la circulación de vehículos a motor, establece que quien causa un daño por la conducción de vehículos a motor debe repararlo en su integridad. Esa reparación incluye, por supuesto, la asistencia sanitaria y rehabilitadora necesaria para la recuperación del lesionado.
El Baremo de Tráfico (actualizado anualmente) reconoce de forma explícita que la asistencia sanitaria comprende desde el diagnóstico hasta la rehabilitación, siempre que esté justificada por un profesional sanitario. Es decir, si tu médico rehabilitador o traumatólogo considera que necesitas más sesiones de fisioterapia, esa prescripción prevalece sobre la decisión de la aseguradora.
Las compañías aseguradoras no son entidades sanitarias, ni sus valoradores médicos tienen la última palabra sobre tu estado de salud. Aunque puedan emitir informes periciales, no pueden imponer el alta médica ni interrumpir unilateralmente tu tratamiento si existe prescripción facultativa vigente.
Muchas aseguradoras intentan «cerrar el expediente» dando el alta antes de que el paciente esté realmente recuperado, para evitar asumir más gastos. Sin embargo, si aún hay dolor, limitación funcional o secuelas, el tratamiento debe continuar hasta su estabilización. De lo contrario, podría considerarse un incumplimiento de la obligación legal de reparació
Acude a tu médico rehabilitador, traumatólogo o médico de cabecera, y solicita un informe donde conste:
Este documento es clave para acreditar que el tratamiento está justificado médicamente.
Con el informe médico, puedes redactar una solicitud de continuidad de tratamiento dirigida a la compañía aseguradora. Es recomendable que esta reclamación la firme tu abogado, ya que podrá invocar los fundamentos legales correspondientes y dar mayor peso a la petición.
Si la aseguradora sigue negándose, puedes continuar con la rehabilitación en un centro médico concertado o privado, y posteriormente reclamar el reembolso de los gastos a la compañía. Para ello, guarda todas las facturas y justificantes.
Si tu informe médico indica que sigues con dolor o limitación funcional, puedes reclamar. Las aseguradoras no pueden fijar un límite arbitrario de sesiones si el criterio clínico indica lo contrario.
Si has tenido una mejora inicial pero recaes (dolor, inflamación, rigidez), el tratamiento debe reanudarse. Un nuevo informe médico puede justificar la reapertura del tratamiento.
Esto es más común de lo que parece. Las compañías dan altas automáticas sin exploración física. En este caso, solicita cita con tu médico y un informe que contradiga esa alta prematura.
¿Puedo seguir con la rehabilitación si la mutua me da el alta médica?
Sí. Si tu médico considera que aún necesitas tratamiento, puedes reclamar la continuación del mismo y acudir a un centro privado si es necesario.
¿Quién paga la rehabilitación si la aseguradora no lo autoriza?
Puedes asumir tú los gastos y después reclamarlos, siempre que estén justificados con informes médicos y facturas.
¿Qué pasa si me dan el alta sin haberme explorado físicamente?
Puedes solicitar una revisión médica independiente y, con un nuevo informe, impugnar el alta prematura ante la aseguradora o en sede judicial.
¿Cuánto tiempo tengo para reclamar los gastos médicos?
El plazo general de prescripción es de un año desde la estabilización de las lesiones. Es recomendable actuar lo antes posible.
¿La defensa jurídica de mi seguro cubre este tipo de reclamaciones?
Sí. Puedes designar un abogado particular y tu aseguradora debe cubrir hasta el límite pactado en la póliza.
En nuestro despacho de abogados, somos especialistas en accidentes de tráfico y reclamación de daños personales. Si te han cortado el tratamiento o tienes dudas sobre tu caso, contacta con nosotros. Revisamos tu situación sin compromiso y te ayudamos a reclamar lo que te corresponde.