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Una de las preguntas más habituales tras un accidente es clara: ¿cuánto dinero puedo reclamar?
La respuesta no es arbitraria ni depende de lo que “quiera pagar” la aseguradora. En España existe un sistema legal obligatorio que regula las cuantías indemnizatorias: el Baremo de Tráfico, contenido en el Real Decreto Legislativo 8/2004 (LRCSCVM) y reformado por la Ley 35/2015.
En Madrid —igual que en el resto del territorio nacional— la indemnización se calcula aplicando estrictamente ese sistema, teniendo en cuenta las circunstancias médicas, personales y económicas de cada caso.
A continuación te explicamos, cómo se determina la indemnización y qué factores influyen realmente en la cuantía final.
El Baremo es un sistema técnico de valoración del daño corporal. No es orientativo: es obligatorio para aseguradoras y tribunales.
Establece:
Cuantías económicas por día de lesión
Valor económico por punto de secuela
Indemnizaciones por intervenciones quirúrgicas
Criterios para calcular el lucro cesante
Indemnizaciones por fallecimiento
Las cantidades se actualizan cada año conforme al IPC.
Por tanto, la indemnización no se “negocia desde cero”. Se calcula aplicando parámetros legales objetivos. Lo que sí se discute es la correcta valoración médica y jurídica del daño.
Tras un accidente, el periodo de curación se divide en distintos tipos de perjuicio personal temporal.
No todos los días valen lo mismo.
Hospitalización en UCI o situación crítica.
Ingreso hospitalario o pérdida muy significativa de autonomía.
Cuando la lesión impide desarrollar la actividad laboral o habitual con normalidad.
Periodo de curación sin pérdida sustancial de autonomía.
La diferencia económica entre un día básico y un día moderado es considerable. Por eso es fundamental que la documentación médica refleje correctamente la situación real del lesionado.
Un error frecuente es que la aseguradora valore como días básicos lo que jurídicamente deberían ser moderados.
Cuando tras el alta médica quedan limitaciones permanentes, hablamos de secuelas.
Pueden ser:
Dolor cervical crónico
Limitación de movilidad
Hernias discales
Lesiones neurológicas
Perjuicio estético
Trastornos de ansiedad o estrés postraumático
Cada secuela se valora en puntos conforme a tablas médicas oficiales. Después, esos puntos se convierten en dinero teniendo en cuenta la edad del lesionado (a menor edad, mayor indemnización por punto).
Aquí es donde suelen producirse mayores discrepancias con la aseguradora.
Una diferencia de uno o dos puntos puede suponer miles de euros.
Además, no debe olvidarse:
El perjuicio estético se valora aparte.
Puede existir perjuicio moral por pérdida de calidad de vida.
Las secuelas psicológicas también son indemnizables si están acreditadas clínicamente.
Todo gasto necesario derivado del accidente es reclamable.
Incluye:
Fisioterapia
Rehabilitación especializada
Tratamientos de dolor
Medicación
Intervenciones quirúrgicas
Prótesis
Tratamiento psicológico
Si el lesionado acude a centro privado porque la aseguradora no facilita tratamiento adecuado, esos gastos pueden reclamarse siempre que estén médicamente justificados.
Es importante conservar facturas e informes.
La indemnización no solo cubre lesiones.
También incluye:
Reparación del vehículo
Valor venal o valor de mercado en caso de siniestro total
Daños en objetos personales
Gastos de grúa
Vehículo de sustitución
En Madrid es frecuente que las aseguradoras declaren siniestro total aplicando valor venal, pero en determinados supuestos puede reclamarse valor de mercado o valor de afección.
Cada caso debe analizarse individualmente.
Si el accidente impide trabajar, la pérdida económica es indemnizable.
Puede tratarse de:
Trabajador por cuenta ajena
Autónomo
Profesional liberal
Empresario
En trabajadores asalariados es más sencillo de acreditar.
En autónomos requiere análisis fiscal y contable, comparativa con ejercicios anteriores y aplicación de criterios actuariales.
El Baremo contempla un sistema técnico para calcular el lucro cesante futuro en caso de incapacidad permanente.
Aquí es donde una correcta estrategia jurídica marca la diferencia.
No todo es lesión física.
El Baremo prevé indemnización adicional cuando las secuelas:
Impiden practicar deporte habitual
Afectan gravemente a la autonomía
Generan dependencia de tercera persona
Alteran de forma relevante el proyecto vital
Este concepto suele estar infravalorado por las aseguradoras.
Es habitual que la aseguradora formule una oferta motivada aparentemente “correcta”.
Sin embargo:
Puede infravalorar días moderados.
Puede reducir puntos de secuela.
Puede omitir perjuicio estético.
Puede no incluir lucro cesante real.
La aseguradora no actúa como asesor neutral. Su objetivo es minimizar el coste del siniestro.
Aceptar sin revisar supone cerrar definitivamente la posibilidad de reclamar más adelante.
Una vez firmado el finiquito, la reclamación queda extinguida.
Existen varias vías:
Negociación extrajudicial técnica.
Solicitud de valoración por médico forense adscrito al Juzgado.
Demanda judicial si la oferta es insuficiente.
En Madrid, los Juzgados aplican estrictamente el Baremo cuando la prueba médica está bien fundamentada.
La indemnización depende de:
Duración real del proceso de curación
Calidad del seguimiento médico
Existencia de pruebas objetivas (RMN, TAC, EMG…)
Edad del lesionado
Profesión
Situación personal y familiar
Intensidad de las secuelas
No existen dos accidentes iguales, aunque aparentemente lo parezcan.
Desde el primer momento.
Especialmente si:
Hay lesiones persistentes.
Existe baja laboral.
La aseguradora discute la responsabilidad.
La oferta parece baja.
Un abogado especializado en accidentes de tráfico en Madrid conoce:
El funcionamiento interno de las aseguradoras.
Los criterios de los juzgados madrileños.
La correcta aplicación del Baremo.
La estrategia probatoria adecuada.
Su intervención no es un gasto, sino una garantía de que la indemnización se ajusta a la ley.
La indemnización por accidente de tráfico en Madrid no es una cifra arbitraria ni negociable sin reglas. La clave no es “cuánto ofrece el seguro”, sino qué corresponde legalmente según el Baremo y las circunstancias médicas reales del lesionado.
⚠️ No firmes ni aceptes ofertas sin asesoramiento.
Una correcta valoración puede marcar una diferencia económica muy relevante.
Si has sufrido un accidente y quieres saber cuánto te corresponde realmente, lo adecuado es analizar tu caso con detalle y calcular la indemnización conforme a los criterios legales vigentes.